la carga
La determinación de la responsabilidad exclusiva de uno de los cónyuges al final del matrimonio tiene como consecuencia legal, cuando la prueba se proporciona en el juicio, la indemnización por el daño sufrido y la pérdida del derecho a la asignación de mantenimiento si la falla se atribuye al cónyuge económicamente más débil. La evidencia, sin embargo, no es fácilmente accesible en la corte. La jurisprudencia sobre este punto es extremadamente rigurosa y el principio establecido es que, a los efectos de la declaración de débito, el comportamiento informado debe ser la causa de la crisis.
El caso más recurrente y que como tal ha dado lugar a múltiples pronunciamientos es la "traición". Solo cuando la traición fue la causa de la crisis y, además, fue como para dañar la dignidad del otro cónyuge, el pronunciamiento de la separación por culpa se obtendrá con el reconocimiento de la indemnización por daños, cuya cuantificación requerirá que la parte presente pruebas. Si durante el transcurso del juicio se descubrirá que la pareja ya estaba en crisis o que después del descubrimiento de la traición la relación había continuado con la superación de la misma, no se otorgará ningún cargo.